Capacitacion a Empresas

Capacitamos a personal de empresas de seguridad, cursos policial, militar, escoltas privados guardaespaldas profesionales, instruccion SWAT FORZA ARGENTINA.
Si usted es titular de empresa de seguridad, ejecutivo o responsable; asociando a todo su personal tiene derecho a capacitar a la totalidad de sus integrantes una vez cada 6 (seis) meses, tal entrenamiento está dirigido en situación intensiva, por 5 (cinco) dias a convenir de acuerdo a los programas de entrenamientos SWAT con otras empresas.
La afiliación total del personal, cubre los gastos de capacitación de los mismos, debiendo solicitar fecha para acordar la capacitación mediante nota escrita via Email, con detalles de fechas y cantidad de personal ya que la capacitación debe ser total y no por separado, si solicita capacitar en dos fechas, deberá pagar por separado la segunda solucitud.
El entrenamiento consiste sin posibilidad de modificar, en 5 (cinco) dias cada 6 (seis) meses, y estará aplicada a vigilador, supervisor, custodios en entramiento táctico defensivo, no incluye personal administrativo y/o gerencial.

Las distintas formas a entrenar estarán sujetas a con los pagos al dia y con apto policial o ministerial, según ley de seguridad privada de cada provincia, este convenio de entrenamiento y capacitación esta dirigido a todas las empresas privadas de seguridad, custodia, vigilancia de todo el país.
Donde nuestros instructores capacitarán en las bases de cada empresa afiliada, asi mismo se deja expresa constancia que la empresa afiliada, mediante sus directivos o responsables, esta obligada a informar a las autoridades de contralor y aplicación por la via que corresponda que el personal se entrenará y se capacitará por los días acordados, mencionando fecha, lugar y cantidad de personal asistentes, que la misma se llevará a cabo en las instalaciones de la empresa afiliada.

* No incluye polígono ni instrucción de tiro
* No se utilizarán armas de fuego en recintos cerrados ni que no hayan sido autorizados para esa disciplina.
* En caso de instrucción en polígono, deberán solicitar instructor autorizado por RENAR, y la debida instalación, que corre a exclusiva desponsabilidad de la empresa afiliada.

Como condición indispensable, los vigiladores, supervisores, custodios, deberán estar debidamente dados de alta, con el apto correspondiente, dados de alta en seguros de responsabilidad civil ART